En caso de fallecimiento de los propietarios de la licencia de funcionamiento, no se podrá heredar el espacio a sus familiares
Por: Gustavo López 28 de octubre, 2016.
El municipio de Querétaro planea realizar modificaciones a algunos
reglamentos en lo que se refiere a Servicios Públicos, en el área de mercados y
central de abastos, ya se tiene un anteproyecto, mismo que de acuerdo a
las autoridades, deberá ser revisado y modificado de manera conjunta entre
autoridades y la sociedad.
El reglamento considera que la responsabilidad de estos espacios será
del Municipio, pero los particulares pueden participar en la creación de
espacios en los cuales se realice la actividad comercial en la modalidad de
mercado, previa autorización de la autoridad municipal, con las
limitaciones y responsabilidades.
Referente a las obligaciones de los comerciantes dentro de los mercados
públicos, el reglamento señala que los participantes deberán obtener la licencia
de funcionamiento o permiso para realizar actividades comerciales; así como
registrarse en el padrón de comerciantes ante la administración del mercado que
corresponda.
Obliga a los locatarios a mantener en todo momento las condiciones
necesarias de higiene, seguridad y conservación, tanto del lugar autorizado,
como de la mercancía; además de cumplir con la normatividad aplicable en
materia de
Protección Civil; de la misma forma los limita a realizar las
actividades autorizadas en la Licencia de Funcionamiento.
De igual forma señala que en caso de fallecimiento de los propietarios
de la licencia de funcionamiento, no se podrá heredar el espacio a sus
familiares, sin embargo en otro punto señala que se les dará prioridad para
que ellos puedan ser los propietarios de forma legal.
Asimismo prohíbe ingerir bebidas alcohólicas o alguna droga dentro del
local o bodega que le fue asignado, o en cualquier área del Mercado; tampoco
podrán vender bebidas embriagantes, cigarros sueltos, pirotecnia o sustancias
prohibidas. También prohíbe a los comerciantes arrendar o subarrendar,
en todo o en parte el local asignado.
Contempla también que los puestos se distribuirán en la zona
correspondiente atendiendo al giro. La asignación de locales y la autorización
de giros deberán realizarse respetando en todo momento la zonificación,
para evitar que haya mezcla de giros.
Para los administradores de los mercados señala que es su obligación
programar anualmente el mantenimiento de las instalaciones, además de obligar a
que se retiren los productos en estado de descomposición y que los
locatarios de los mercados no se consuman bebidas embriagantes al interior del
mercado, entre otras responsabilidades.
También contempla que en caso de una remodelación, los locales que
obstaculicen la ejecución de las obras podrán ser removidos, siendo la
Dirección de Servicios Complementarios la que determinará los lugares a donde
dichos puestos podrán ser trasladados de manera transitoria.
Los comerciantes o locatarios, deberán pagar los derechos y demás
contribuciones que establezcan las disposiciones fiscales aplicables; sin
embargo considera que aun cuando estén al corriente en el pago de
contribuciones, la autoridad podrá cancelar la licencia o permiso o
clausurar el local, esto en caso de incurrir en alguna otra falta.
A decir de las autoridades municipales, se trata de un anteproyecto el
cual someterán a un análisis con la ciudadanía, para lo cual se realizan una
serie de foros especializados, en donde se invita a la población a acudir y
dar su opinión; cabe señalar que algunos locatarios ya alzaron la voz en
contra de esta acción.
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