El Sol de
Córdoba 24 de octubre de 2016
Emma
Hernández El Sol Córdoba
CÓRDOBA, Ver. (OEM-Informex).- El comercio ambulante ha quedado prohibido desde
la calle 34 a la 19 de la avenida 11 a la 6, al entrar en vigor Reglamento de
Mercados, Tianguis y Comercio en la Vía Pública, en el que se establecen
sanciones desde cancelación del permiso hasta el arresto administrativo por 24
horas.
Tras la publicación en la Gaceta Oficial del Estado 2016-418, entró en vigor la nueva normativa que en el artículo 29 prohíbe también realizar trabajos de instalación o reparación, cualquier que éstos sean, de vehículos, refrigeradores, estufas, trabajos de carpintería, entre otros.
El reglamento regula también la colocación fuera de los establecimientos o puestos, marquesinas, toldos, rótulos, cajones, canastas, huacales, jaulas, diablos, sillas, mesas y en general cualquier objeto que entorpezca el libre tránsito de personas dentro y fuera de los mercados públicos, plazas, parques y tianguis.
Además se establecen las medidas para la Inspección y vigilancia en los mercados, tianguis y vendedores en la vía pública en zonas previamente autorizadas, y las medidas de protección civil que se deben cumplir en los zocos.
Y prohíbe cerrar sin causa justificada por más de diez días naturales, el local autorizado o licenciado.
Tras la publicación en la Gaceta Oficial del Estado 2016-418, entró en vigor la nueva normativa que en el artículo 29 prohíbe también realizar trabajos de instalación o reparación, cualquier que éstos sean, de vehículos, refrigeradores, estufas, trabajos de carpintería, entre otros.
El reglamento regula también la colocación fuera de los establecimientos o puestos, marquesinas, toldos, rótulos, cajones, canastas, huacales, jaulas, diablos, sillas, mesas y en general cualquier objeto que entorpezca el libre tránsito de personas dentro y fuera de los mercados públicos, plazas, parques y tianguis.
Además se establecen las medidas para la Inspección y vigilancia en los mercados, tianguis y vendedores en la vía pública en zonas previamente autorizadas, y las medidas de protección civil que se deben cumplir en los zocos.
Y prohíbe cerrar sin causa justificada por más de diez días naturales, el local autorizado o licenciado.
Luego de la publicación en la Gaceta Oficial del Estado, el
reglamento entró en vigor a partir del fin
de semana, por lo que los comerciantes deberán apegarse a la nueva
normatividad, pues desde hace más de dos décadas se trabajaba con una
normatividad obsoleta para el crecimiento y desarrollo que ha tenido la ciudad
durante los últimos años.
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